Adra suma tres viviendas de uso turístico y eleva a 241 las plazas de alojamiento
Sus propietarios se pueden aprovechar de una bonificación del 95 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles
m. t.
ADRA
Viernes, 25 de noviembre 2022, 17:52
El municipio de Adra dispone de 241 plazas de alojamiento para visitantes. Según consta en los registros oficiales de la Junta de Andalucía, 34 inmuebles han declarado formalmente su uso turístico. Recientemente se han sumado tres. Sus propietarios solo deben abonar el 5 por ciento del Impuesto de Bienes Inmuebles gracias a una medida puesta en marcha por el Ayuntamiento para incentivar la transformación de casas vacías en este tipo de viviendas turísticas y aumentar la capacidad de hospedaje de la ciudad milenaria, que actualmente carece de hoteles en su núcleo urbano.
La corporación municipal dio luz verde a tres nuevos inmuebles en el último pleno. Según el consistorio abderitano, se trata de «una modalidad de alojamiento que sigue creciendo y alcanza ya la capacidad de hospedar a 241 visitantes». Desde el Ayuntamiento, se anima a los vecinos a aprovechar el 95 por ciento de bonificación en el IBI, un incentivo fiscal del que se aprovecha más de una treintena de propietarios. Asimismo, se recuerda que la solicitud y los trámites para convertir una vivienda en un alojamiento turístico se deben realizar a través del registro oficial de la Junta de Andalucía. Otorgada la nueva denominación, el propietario debe acudir al Ayuntamiento para solicitar y recibir la bonificación correspondiente del IBI. Este incentivo fiscal tiene una vigencia máxima de 10 años.
Las viviendas con fines turísticos son aquellos inmuebles cuya ubicación está en suelo de uso residencial y se ofrecen como servicio de alojamiento con fines turísticos «de forma habitual y mediante precio», según detallan las mimas fuentes. Para gestionar las reservas, estas viviendas se comercializan a través de canales de oferta turística como agencias de viajes, empresas mediadoras u organizadoras de servicios turísticos. Por su lado, las viviendas turísticas de alojamiento rural son aquellas situadas en el medio rural en las que se preste el servicio de alojamiento. «Se ofertan al público para su utilización temporal u ocasional, con fines turísticos, una o más veces a lo largo del año», matizan al respecto.
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