Crece el número de viviendas de uso turístico legalmente registradas en Adra
En la actualidad, hay más de 30 inmuebles incluidos en el Registro de Turismo de Andalucía y todas se benefician de una bonificación en el IBI
m. torres
ADRA
Lunes, 7 de febrero 2022, 23:05
Aumenta el número de propietarios que declara oficialmente poseer una vivienda para alquiler vacacional o de uso turístico en Adra. Según los datos facilitados por el Ayuntamiento, hay más de 30 inmuebles de este perfil en el Registro de Turismo de Andalucía. Hasta hace cuatro años, según constató este periódico en su día, no constaba ninguno. Ante la ausencia de plazas hoteleras, la localidad tiene capacidad para alojar a alrededor de 200 personas en este tipo de alojamiento.
Dos inmuebles se incorporaron la semana pasada al listado de casas, pisos o apartamentos incluidos en el Registro de Turismo de Andalucía. El pleno de la corporación municipal aprobó por unanimidad la incorporación de dos más. Los propietarios de viviendas de uso turístico pueden aprovecharse de una bonificación del 95 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles, una ventaja que se mantiene en el tiempo durante diez años.
La legislación vigente considera vivienda con fines turísticos aquellos inmuebles cuya ubicación está en suelo de uso residencial y se ofrecen como servicio de alojamiento con fines turísticos de forma habitual y mediante precio, según recordaron desde el consistorio abderitano. «Dichas viviendas son promocionadas o comercializadas a través de canales de oferta turística como agencias de viajes, empresas mediadoras u organizadoras de servicios turísticos y otros canales a través de los que se pueda gestionar la reserva del alojamiento», añadieron.
Por su parte, las viviendas turísticas de alojamiento rural se sitúan en el medio rural en las que se presta el servicio de alojamiento y son ofertadas al público, para su utilización temporal u ocasional, con fines turísticos, «una o más veces a lo largo del año».
Matices que cualquier propietario debe saber si decide inscribir su vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía, un trámite gratuito y obligatorio desde hace más de un lustro en la comunidad autónoma andaluza. Toda persona que alquile su vivienda a turistas o visitantes debe llevarlo a cabo o recibir, a cambio, un número de registro determinado.
Obligatorio y gratuito
Disponer de licencia de ocupación, habitaciones con ventilación directa al exterior, muebles y enseres necesarios para habitarla, botiquín de primeros auxilios y refrigeración o calefacción son sólo algunos de los requisitos que se deben cumplir para solicitar el alta en el Registro de Turismo de Andalucía, organismo dependiente de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. Tener hojas de reclamaciones e información turística de la localidad donde se ubica el inmueble también es imprescindible. «Si tienes una vivienda que alquilas de forma habitual con fines turísticos, tienes la obligación de inscribirla gratuitamente», recuerdan desde la administración.
Adra carece de plazas hoteleras en el núcleo urbano y suple esta carencia a través del alquiler vacacional, que registra una ocupación es del cien por cien durante los meses estivales.
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